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Comentario Editorial/Opinión

 


Jornada:
Demanda contra la Constituyente

 

Editorial

El camino al infierno está empedrado de buenas intenciones, dice un aforismo popular que bien debieron tomar en cuenta algunos representantes nacionales que, en su afán por frenar el avasallamiento en la Asamblea Constituyente, acuden precipitadamente a recursos que pueden terminar por conseguir un efecto diferente al objetivo deseado.

La Asamblea Constituyente, como mandato legal, respaldado por una corriente legítima del pueblo, busca un cambio efectivo en el país, que termine con el estado de exclusión, corrupción, injusticia social y abuso del poder y de paso a un nuevo Estado que vea, primero al pueblo, la gente, sus necesidades y aspiraciones, antes que el interés foráneo o sectorial que en el pasado llevó a Bolivia hacia el despeñadero.

Pero ni el oficialismo y menos la oposición, ofrecen muestras de coherencia para llevar a nuestro país hacia un destino seguro. Todo lo contrario, parece que compitieran para conspirar contra la unidad de la nación y buscaran empujar al país hacia el despeñadero, haciéndose eco de los enemigos internos y externos que alientan la división y el enfrentamiento fratricida. Por lo menos hasta este momento, los constituyentes no han sabido responder a la confianza depositada en ellos por la ciudadanía y lo poco que han avanzado es definitivamente cuestionable.

De esta manera, la Asamblea Constituyente, antes de aprobar su reglamento de debates, ya enfrenta su segunda demanda constitucional por violaciones al ordenamiento jurídico.

Se trata de una demanda establecida con base al Artículo 116 de la Ley 1836 del Tribunal Constitucional, que está dirigida a corregir las anomalías en el procedimiento constitucional. La demanda presentada pretende subsanar la violación de los Artículos 2, 4 y 232 de la Constitución Política del Estado que establecen la naturaleza, forma, atribuciones y limitaciones de todos los poderes constituidos, incluyendo a la Asamblea Constituyente. Además, la demanda busca corregir las transgresiones a las disposiciones establecidas en la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente y la voluntad popular reflejada en el Referéndum por las Autonomías, que están siendo vulnerados al aprobar los primeros Artículos del reglamento de debates de la Constituyente.

Evidentemente, existen argumentos para denunciar lo que están haciendo los constituyentes, pero si se busca reencausar el respeto a la norma, es imprescindible respetarla y seguirla al pie de la letra. Lo contrario no solamente invalida las demandas sino que puede perjudicar ulteriores recursos. Se condena el Artículo Primero del reglamento interno de la Asamblea, que la pone por encima de los Poderes constituidos y que da carácter originario a la constituyente. Asimismo se demanda la ilegalidad del mecanismo de votación por mayoría, desconociendo la de dos tercios.

La demanda ha sido entusiastamente apoyada por los Comités Cívicos de la llamada “media luna”, sin percatarse de su trasfondo. En realidad, parece que la demanda se asemeja a un presente griego como el caballo de Troya, que podría perjudicar en lugar de frenar las irregularidades. Resulta que el Reglamento todavía no ha sido aprobado en su totalidad y aún falta la fase de revisión, de manera que la demanda se ha adelantado y enfoca su objetivo solamente sobre una presunción, por lo que jurídicamente no debería prosperar y lo más probable es que sea rechazada, y como consecuencia, podría cerrar la posibilidad a recursos futuros.


Jornada es un diario de La Paz . Sus puntos de vista no necesariamente son los de Petroleumworld.

Nota del Editor:Este comentario fue originalmente publicado por Jornada, 11 de Noviembre del 2006. Reproducimos el mismo en beneficio de los lectores. Petroleumworld no se hace responsable por los juicios de valor emitidos por esta publicacion, por sus colaboradores y columnistas de opinión y análisis.

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