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Comentario Editorial/Opinión

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Ricardo T. Atahuichi S.:
Asamblea Constituyente e ideología

 

 

De acuerdo con la ideología liberal contenida en nuestra Constituciión, el pueblo o soberano a través de sus representantes reunidos en una Asamblea Originaria, denominada Deliberante, primero y Congreso General Constituyente, luego, definieron en 1825 (13 de agosto) el tipo de Estado y senacionaron (6 de noviembre de 1826) la primera Constitución luego de la derrota de los realistas y el triunfo de las fuerzas independentistas que tomaron el poder en el Alto Perú, dirigidas por Bolívar. De manera que el Estado y la Constitución fueron el resultado de la decisión de una Asamblea Originaria. Ahora bien, si el propósito del Gobierno es refundar Bolivia y dotarle de una nueva Constitución, tiene que hacer lo mismo que los asambleístas de 1825 y 1826. Es decir contar con una Asamblea fundante y sobre esa base decidir la ideología que ha de sustentar la Constitución y definir el tipo de Estado. Lo que significa tomar el poder.

Para lograr que la Asamblea sea Originaria, el Gobierno tiene que obtener en la justa electoral, relativa a la elección de constituyentes, 170 representantes que voten a su favor. Pero ocurre que la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea (Art. 14) no le permite llegar a ese número de votos sino sólo a 158. Se condena de esa forma a que la Asamblea Constituyente sea derivada, sin facultad siquiera para destituir a un diputado. Y en esas condiciones propagar y crear esperanzas para refundar Bolivia o cambiar completamente la Constitución no es correcto, porque daña el crédito del Gobierno.

El pueblo por medio de una Asamblea Ilimitada puede adoptar cualquier ideología que sustente la nueva Constitución y tipo de Estado porque tiene el poder en sus manos, pero si la Asamblea es derivada no puede hacerlo y su función se reduce sólo a lograr algunas reformas constitucionales dejando intacto el poder constituido. Por ejemplo no será posible nombrar a los ministros de la Corte Suprema de Justicia si no hay un acuerdo previo con las fuerzas de oposición.

Una vez elegidos los constituyentes, la lucha por el poder se manifestará a partir de la elección de la directiva porque las fuerzas sociales en pugna, dentro de la Asamblea, no harán concesiones que afecten sus intereses y porque el oficialismo sólo tiene el Gobierno, pero no el poder. Situación que es contraria a la de 1952, cuando por efectos de la revolución el pueblo boliviano tenía el poder, pero no el gobierno, a tal grado que el MNR, representante de la burguesía y oligarquía, como gobierno, a partir de su posesión (1952) preparó las condiciones necesarias para tomar el poder.

Este objetivo lo logró recién en 1985 con Víctor Paz Estenssoro, que promulgó el DS 21.060 que expresa en su contenido la idelogía neoliberal del capitalismo salvaje, por el que todo está sujeto al mercado, al libre juego de la oferta y la demanda. Reduce la función del Estado al de un gendarme dirigido a proteger y defender los intereses de las transnaconales, la burguesía ligada al capital financiero y los de la oligarquía antipatria que proyectaron, buscaron y trataron de materializar la organización de la nación camba encubierta con la consigna de la Autonomía.

Del número de constituyentes que las fuerzas políticas y otras obtengan en una Asamblea depende si ésta ha de ser ilimitada o Derivada. Y la fuerza que logre la representación superior a los dos tercios de votos tiene el poder en sus manos. Y consiguientemente adquiere la facultad de decidir por encima de toda autoridad y del poder constituido. Está incluida la destitución de un Presidente de la República, cierre de un Legislativo, etc., lo que no ocurrirá en el caso nuestro porque ninguna de las fuerzas en pugna por sí sola alcanzará los 170 votos por efecto de la Ley 3364-Art. 14.

La concepción liberal determinó en la historia del pensamiento político y jurídico moderno el nacimiento de una nueva forma de concebir la vida, el cosmos, la economía, familia, Ley, Estado, etc., a partir de los principios de libertad, fraternidad e igualdad. Concepción ideológica que se impuso con la Revolución Francesa de 1789 y que dio origen a los Estados capitalistas denominados Repúblicas, estableciéndose entre ellas la nuestra.

 


Ricardo Tito Atahuichi Salvatierra es abogado.Los puntos de vista expresados no necesariamente son los de Petroleumworld.


Nota del Editor: Este comentario fue originalmente publicado por El Diario, el 11 de junio del 2006.

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Petroleumworld Bolivia 13 06 06

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