Editorial
La Ley de Participación Popular, con 11 años
de vigencia, es sabido por todos que fue una de las
medidas sociales más acertadas que promulgó
el primer gobierno del ex presidente Gonzalo Sánchez
de Lozada. Las connotaciones de esta ley fueron una
nueva reorganización territorial del Estado,
la transferencia de recursos y competencias, la participación
ciudadana, la distribución del poder y la instalación
del control social sobre la cosa pública municipal.
La
Participación Popular (PP) establece la creación
de instancias de control social en los municipios,
cuyo mandato es el de fiscalizar el buen uso de los
ingresos de coparticipación tributaria, los
propios que generen los municipios y los del Fondo
de Compensación.
El
control social está ejercido a través
de los Comités de Vigilancia y de las Organizaciones
Territoriales de Base (OTBs) representadas por instancias
de la sociedad civil elegidas en asambleas populares,
a partir de representaciones sectoriales o vecinales.
Con
el último mandato gubernamental que establece
nuevos montos de coparticipación para las alcaldías,
los municipios recibirán nuevos ingresos -algo
más de 83 millones de dólares adicionales-
que provendrán del Impuesto Directo a los Hidrocarburos
(IDH). En ese contexto, la lógica debiera ser
que a más ingresos, más agudos los métodos
de fiscalización formal, así como los
que vienen acompañados del control social.
Preocupa
aquello del control social, puesto que en un último
reporte del viceministro de participación Popular,
Carlos Portocarrero, se dijo que alrededor de 78 municipios
estaban con serias observaciones respecto de la rendición
de informes y que, en consecuencia, corrían
el riesgo del congelamiento de sus cuentas. Hasta
el 2004, las municipalidades administraron2.980 millones
de dólares, produjeron 70.000 proyectos con
un impacto positivo en la disminución paulatina
de la pobreza. Contrariamente, de acuerdo a informes
de la Contraloría General de la República
hasta fin de 2003 se elevaron 123 informes de auditoría
con indicios de responsabilidad administrativa, civil
y penal. Se considera, por estos datos, que el control
social debe actuar con más fuerza y más
independencia.
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Nota
del Editor: Este comentario fue originalmente publicado
por El Nuevo Día, el 19 de septiembre del 2005.
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Bolivia 19 09 05
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