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Analistas: CPE frenará la inversión en energía

 

SANTA CRUZ
Petroleumworldbo.com 24 10 08

La nueva Constitución Política del Estado (CPE),  que se votará en enero, establece que ninguna empresa extranjera que opere en Bolivia podrá interponer alguna acción ante un tribunal de arbitraje internacional. Los analistas del sector hidrocarburífero consideran que el artículo 366 profundizará más la crisis del sector pues frenará las inversiones.

Carlos Miranda, ex superintendente de Hidrocarburos, indicó que a partir del texto constitucional es evidente que el Gobierno no quiere a ninguna empresa extranjera en Bolivia e implica que el país renuncie a todos los tribunales de arbitraje.

Para el analista Marcelo Campero, la nueva CPE le quitará competitividad al país, porque ninguna empresa vendrá a invertir si no hay seguridad jurídica.

“El Estado sería el operador y comercializador con el riesgo y las trabas burocráticas que eso conlleva y sabemos que no tiene el perfil. Ni siquiera cumple con la distribución interna de diésel, GLP o gasolina”, cuestionó.
Hugo de la Fuente, ex superintendente de Hidrocarburos, señaló que las petroleras requieren seguridad jurídica para sus inversiones, pero se da toda la tuición a YPFB, que no tiene dinero.

Fuentes del sector petrolero indicaron que desde que el Gobierno se retiró del Centro Internacional de Arbitrajes Internacionales era evidente que no permitiría ese tipo de acciones judiciales. Asimismo, revelaron que el efecto será la pérdida de competitividad, pero la esperanza es que las leyes no son retroactivas.
Por su parte, el analista Francesco Zaratti sostuvo que el texto constitucional surge de la ideología secante del estatismo. “El objetivo de los constituyentes fue poner candados para que nunca más un programa económico liberal pueda implantarse en Bolivia”, destacó.

Se llamó al viceministro de Hidrocarburos, William Donaire, pero no contestó hasta el cierre de esta edición.

El escenario para hidrocarburos  

Constitución actual

Art. 139. Los yacimientos de hidrocarburos, cualquiera que sea el estado en que se encuentran o la forma en que se presenten, son de dominio directo, inalienable e imprescriptible del Estado. Ninguna concesión o contrato podrá conferir la propiedad de los yacimientos de hidrocarburos. La exploración, explotación, comercialización y transporte de los hidrocarburos y derivados, corresponden al Estado. Este derecho se ejercerá mediante entidades autárquicas o a través de concesiones y contratos por tiempo limitado, a sociedades mixtas de operación conjunta o a personas privadas, conforme a ley.

Nueva constitución

- Art. 359. Los hidrocarburos son propiedad inalienable del Estado y sólo éste los puede comercializar.

- Arts. 361 y 364. Los contratos de YPFB deben ser aprobados y autorizados por el Congreso y no podrá transferir sus derechos.

- Art. 362. Se autoriza a YPFB a suscribir contratos de servicios, pero luego se supedita a la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Art. 363. YPFB puede formar asociaciones mixtas para operar.

Art. 365. Las firmas extranjeras no pueden recurrir a un arbitraje internacional tienen que someterse a las leyes bolivianas.

Observaciones

- No está claro cómo se puede ‘comercializar' una propiedad que es inalienable, sinónimo de intransferible.

- YPFB deberá responder de la propiedad de la garrafa de GLP o de la obligación de pagar regalías al Estado, dueño del recurso.

- Que la suscripción de un contrato “no podrá significar en ningún caso pérdidas para YPFB” significa reescribir las leyes de la economía por decreto.

- Autoriza a YPFB a realizar sociedades. Tuición y competencia al mismo tiempo.

- Las empresas extranjeras no tendrán seguridad jurídica externa para sus inversiones, ni podrán recurrir a reclamaciones diplomáticas.

Contratos de servicios y no de operación

Uno de los cambios considerados fundamentales en la nueva Constitución Política del Estado es el cambio de contratos con las petroleras que pasarán dejarán de ser de operación por servicio.

El analista Hugo de la Fuente dijo que se comete un error porque las compañías contratan a otras para que les hagan sus servicios. “Hasta ahora fueron contratos de operación los que firmó YPFB, pero cambiarán por los de servicio y el Gobierno pagará sólo por ello”, explicó.

El ex ‘súper' de Hidrocarburos Carlos Miranda reveló que ahora los contratos de operación, en sustitución de los de riesgo compartido, colocan a las firmas como prestadoras del servicio para ser remuneradas en dinero. “Esa condición, más las dudas que contiene la nueva Constitución Política del Estado, explica el remoloneo de los contratistas para ampliar operaciones, no obstante que existe un nuevo mercado en Argentina con un contrato que no es honrado”, agregó.



Nota
de El Deber
El Deber
243/10/08

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